• Tener un local

    La Dirección del Centro facilitará a la AMPA el uso de un local para el desarrollo de las actividades que le son propias. Si las instalaciones lo permiten, este local será de uso exclusivo para la AMPA.

  • Utilizar el Centro y sus medios

    Siempre que no se interfiera en el normal desarrollo de las actividades previstas en la Programación general Anuel (PGA), siendo responsables del buen uso de los mismos. Su utilización deberá ser especificada por el Consejo Escolar. No obstante, una AMPA tiene la potestad de utilizar las infraestructuras del Centro, fuera del horario lectivo obligatorio, siempre que se responsabilice del buen uso del mismo y no sea utilizado para ningún tipo de lucro propio o ajeno.

  • Tener acceso libre al Centro

    La dirección tiene la obligación de facilitar a la AMPA el libre acceso, sin condicionar la presencia de sus miembros a la del profesorado ni a la del personal no docente.

  • Utilización de los locales para actividades extraordinarias

    La AMPA podrá utilizar las instalaciones del Centro, para la realización de actividades puntuales y extraordinarias que le sean propias, Asambleas, etc... previa información por escrito de la AMPA a la Dirección del Centro y con una antelación de 2 días hábiles a la fecha en que se necesite hacer uso de las instalaciones.


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